Una historia sobre el origen del poder judicial.

En el origen del poder judicial en la alta Edad Media, la reaparición del sistema clásico jugó un papel fundamental en la financiación de las nacientes monarquías de la época.



En la alta Edad Media el derecho feudal resolvía los litigios mediante un sistema de pruebas que poco se parece al sistema actual de investigación judicial, cuya misión es establecer la verdad sobre
lo ocurrido para dictar sentencia.

Existían diferentes tipos de pruebas. Las sociales trataban de resolver el conflicto a partir del peso que las partes tuvieran en la comunidad. En el antiguo derecho de Borgoña del siglo XI, si alguien era acusado de asesinato podía demostrar su inocencia reuniendo a doce testigos que juraran que no había cometido el crimen. La veracidad de estos testimonios importaba poco, lo que estaba en juego era el alcance de la influencia social del acusado, que constituía un indicio del número de personas que estarían dispuestas a respaldarlo si el problema se agravaba.


También había pruebas mágico-religiosas y corporales. Por ejemplo, en algunas regiones del norte de Francia, en la época del Imperio Carolingio, el acusado de asesinato debía andar sobre brasas y, dos días después, si aún tenía cicatrices, era declarado culpable. Del mismo modo en el Sacro Imperio Romano Germánico el sistema del duelo jucicial, donde las partes resolvían el problema mediante un enfrentamiento físico según ciertas reglas, siguió siendo popular hasta los siglos XIV y XV a pesar de la oposición de ciertos poderes de la época. (2) 

Este “sistema judicial” fue desapareciendo paulatinamente durante los siglos XII y XIII para ser sustituido por otro en el que la verdad y la investigación (inquisitio) jugarían un papel fundamental. Las razones de esta transformación no son sólo de tipo lógico, ya que es evidente que el sistema de pruebas, aunque socialmente aceptado, generaba numerosos conflictos e injusticias por su arbitrariedad y falta de conexión con la realidad empírica. El resurgimiento de un sistema judicial basado en la investigación y la búsqueda de la verdad, sistema que ya había existido en la antigua Grecia y Roma, fue acompañado también por razones políticas y económicas. 
 
En los litigios del derecho feudal del sistema de pruebas no existía algo equiparable a un poder judicial
independiente, es decir, no mediaba ninguna instancia que representara a la sociedad en su conjunto o a la autoridad política y sobre la que recayera completamente la función de dictar sentencia (1). El proceso se realizaba principalmente entre la víctima y el causante del daño, en muchas ocasiones como una forma ritual de canalizar el deseo de venganza, y si intervenía algún tercer elemento independiente o mediador, dotado de poderes mágicos, políticos o religiosos, su función se limitaba a comprobar que la resolución del conflicto se llevaba a cabo siguiendo escrupulosamente las reglas.

¿Cómo aparece entonces una instancia judicial que se atribuye la legitimidad para investigar, mediar en el litigio y dictar sentencia? ¿Por qué los afectados aceptaron delegar en un tercero la resolución de su conflicto? Para ello fue necesario presentar los delitos como un daño cometido contra dos sujetos, la víctima propiamente dicha y otro sujeto más poderoso: el poder que dicta la ley. Con esto, el soberano ultrajado se ponía del lado de la víctima en el juicio. Reaparece así la figura del fiscal o procurador, representante de la autoridad política lesionada por el crimen.

La resolución del conflicto, controlado por la autoridad política, requería ahora un mecanismo de investigación racional capaz de decidir el asunto sin  arriesgar la integridad física de los representantes del soberano ni depender de la aleatoriedad del sistema de pruebas. Con esta intención se importó al terreno judicial una práctica ya existente, la inquisitio, utilizada por la Iglesia carolingia y merovingia durante la alta Edad Media por razones económico-administrativas y religiosas. Básicamente consistía en una encuesta que realizaba el obispo entre los miembros de la diócesis para averiguar el origen de algún conflicto.

Conviene recordar que en las disputas judiciales, entonces como ahora, las reparaciones económicas y la circulación de bienes tenían una presencia importante. Por lo tanto, el derecho de controlar, regular y decidir sobre estas cuestiones comportaba una posición económicamente estratégica. En el control de estos procesos judiciales, mediante las multas y los mecanismos de confiscación de bienes, las monarquías nacientes encontraron una fuente más de financiación. 

Ramón Firmin. 

Notas


(2) Foucault, Michelle. “La verdad y las formas jurídicas” en Estrategias de poder. Paidos Básica. Barcelona.1999.


(3) Cuéllar, Vázquez. Angélica. Análisis sociológico del caso Stanley. La construcción social de las verdades jurídicas. Facultad de Ciencias Políticas y Sociales. Universidad Autónoma de México. 2004. 

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